Afirman que
desde 1992 no se respetan los Tratados Internacionales y se siguen cometiendo
daños irreversibles en el país.
Monterrey,
Nuevo León.- Con la aprobación de la Ley
Federal de Responsabilidad Ambiental (LEFRA) las autoridades del Poder Judicial
deberán exigir la creación de un nuevo Juzgado en la materia, asegura Mariano
Núnez González, asesor jurídico de la Asociación Ecológica de la Sierra de
Picachos A.C.
Señala que
éste sería similar a los juzgados del ramo civil, mercantil, laboral, familiar,
entre otros y cuya finalidad será hacer cumplir a cabalidad la ley que entró en
vigor el pasado 7 de julio.
“Mediante
esta Ley se establece la responsabilidad que tendrán quienes dañen o
provoquen afectaciones a los distintos
ecosistemas y los recursos naturales”.
Es indispensable como primer etapa que se proceda a una capacitación de
los jueces o el personal que tendrá como encomienda la observancia de dicha
ley”, dice.
Insistió en
que con las nuevas disposiciones jurídicas, nacerán los jueces de distrito
especializados y quienes a través del Consejo de la Judicatura deberán recibir
la instrucción pertinente para el ejercicio de su función.
“El punto
aquí es saber quiénes tendrán a su cargo la capacitación, pues no existe gran
avance en esto. Además, habría que ver o tener un Instituto de Investigación en
materia ambiental”, agrega.
El
especialista explica en qué consiste o que se entiende por daño ambiental: “Es
la pérdida, cambio, deterioro, menoscabo, afectación o modificación adversos y
mensurables de los hábitat, de las condiciones químicas, físicas o biológicas y
toda persona física o moral que con su acción u omisión ocasione daños directa
o indirectamente , estarán obligados a la reparación o compensación ambiental”.
Señala que
en México existen ejemplos clave que demuestran el daño ecológico como la contaminación en Cadereyta, las Pedreras en
Mitras, Topo Chico, en Áreas Naturales Protegidas Cumbres de Monterrey, PYOBSA
en San Nicolás, el Sabinal en Cerralvo, entre otros.
Por último,
menciona que son 2 años a partir de la entrada en vigor de la ley que se
cuentan para la creación de órganos jurisdiccionales en materia ambiental.
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